El Seguro de Crédito es un instrumento eficaz al servicio de las empresas, que protege sus cuentas comerciales a cobrar contra el riesgo de mora prolongada y de insolvencia de sus clientes compradores, garantizando con ello uno de sus activos más importantes. Según Ley 50/1980, articulo 69:»Por el seguro de crédito el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos por la ley y el contrato, a indemnizar al Asegurado de las pérdidas finales que experimente a consecuencia de la insolvencia»
Póliza simplificada
El Seguro de Crédito ofrece los siguientes servicios:
Entre las ventajas que ofrece el seguro de Crédito tenemos:
Además del pago de las indemnizaciones, la compañía también se encarga de la liquidación de todas las reclamaciones dirigidas contra el asegurado (Empresa o persona física) en virtud de una responsabilidad civil, tanto si son fundadas como si no lo son. Se ocupa de las gestiones necesarias; trata directamente con la parte reclamante para llegar a un arreglo amistoso; si ello no es posible, defiende al asegurado ante los Tribunales mediante sus Abogados y Procuradores, y paga las indemnizaciones a que fuese condenado, más los gastos del pleito, hasta las garantías máximas cubiertas por la póliza. Caso de resultar infundada la reclamación, la Compañía toma a su cargo los gastos originados por la defensa.